Por Germán Ayala Osorio, comunicador social y politólogo
Puede pensarse que lo expresado ayer 20 de julio de 2011 por el nuevo presidente del Senado, Juan Manuel Corzo, será la postura que él intentará promover en cada uno de los miembros de la Unidad Nacional, cuando se aborde el proyecto de reforma a la justicia.
Dijo el controvertido senador conservador que la Corte Constitucional no estaba autorizada para revisar la ley que le dio vida al referendo reeleccionista, con el que se pretendía autorizar una segunda reelección de Uribe Vélez. Y añadió que sólo por vicios de forma podría manifestarse dicha corporación. Parece olvidar el senador Corzo que efectivamente por haber encontrado vicios de forma, la Corte Constitucional declaró inexequible dicha ley, aunque evidentemente había vicios de fondo que la Corte no tuvo en cuenta en su fallo.
El Espectador.com recogió así lo expresado por Corzo durante la instalación del nuevo periodo legislativo: “Hoy el Legislativo y el Ejecutivo se encuentran en una verdadera dualidad entre las facultades constitucionales cuando claramente la Corte Constitucional bajo la teoría de la sustitución, tesis abordada en la sentencia C-141/2010 se arrogó la función de revisar aspectos sustantivos o de fondo, de esta suerte no le estaba permitido ni le está permitido, ni fue la voluntad del constituyente, y tan sólo se le faculta para que por los mecanismos taxativamente citados le sea viable la revisión de vicios de procedimiento” (Tomado de EL ESPECTADOR.COM, julio 21 de 2011).
Lo cierto es que cae mal lo expresado por el senador liberal en la medida en que genera desde ya un mal ambiente para la discusión del proyecto de reforma a la justicia, con el que se pretende no sólo eliminar el Consejo Superior de la Judicatura, convertido en un nicho de corrupción, sino revisar a fondo los mecanismos y las instancias de juzgamiento de funcionarios aforados (como los congresistas), entre otros asuntos.
Hay quienes consideran, como el profesor Botero Bernal, que justifica una reforma a la justicia, dada la congestión que se presenta en instancias como el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia e incluso, en la misma Fiscalía. Pero lo más importante, es que los cambios que se hagan al sistema en general beneficien a los jueces y fiscales en cuanto al mejoramiento de condiciones salariales y de seguridad, y se logre, por esa vía y por otras, pronta y efectiva justicia.
Pero más allá de la desafortunada alusión al caso del referendo reeleccionista y el fallo de inexequibilidad dado por la Corte Constitucional, lo que pone de presente el senador liberal es la discusión entre los efectos y la legitimidad de los jueces constitucionales, línea de pensamiento que exalta y promueve la labor de control de los jueces, entre ellos, la Corte Constitucional, al poder del Ejecutivo y del Legislativo.
Se suman a la discusión sobre el poder dado a los jueces como contrapoderes del Ejecutivo y del Legislativo, las condiciones en las que opera y se manifiesta el Pueblo, y por supuesto, el poder del Legislativo, como extensión e intérprete del poder que ese Pueblo le dio al momento de elegir a quienes tienen asiento hoy en el Congreso de la República de Colombia.
Pero dicha discusión debe mirarse a la luz de condiciones contextuales que para el caso de Colombia bien pueden resultar definitivas a la hora de zanjar la lucha por la legitimidad y la pertinencia del actuar tanto del Legislativo, de los jueces constitucionales, y por supuesto, del Pueblo, como ese actor capaz de "ordenar su unidad política a través de la constitución… en donde la constitución no es el origen del poder, sino su consecuencia. Ello implica que la verdadera constitución, como fenómeno político, es el pueblo ” (Sanín Restrepo, Ricardo. Teoría Constitucional, rescatando la democracia del liberalismo. p. 72).
Y esas circunstancias contextuales nos dicen que históricamente el Congreso de la República no representa de manera objetiva los intereses del Pueblo, sino, y de manera clara, los de reducidos sectores poderosos que alimentan las prácticas clientelares con las cuales los legisladores logran que una parte del soberano, del constituyente primario, delegue en ellos el poder como Pueblo y el que emana la propia constitución política.
Por otro lado, lo que puede lograrse con el poder de los jueces constitucionales, de acuerdo con el contexto colombiano, es poner freno a las decisiones, que amparadas en valores y en intereses politiqueros, adopta el Legislativo cuya tradicional ilegitimidad y su interesado accionar ponen en riesgo el poder del soberano, su propio bienestar y en un momento dado, el de los jueces.
En lo que toca al Pueblo, huelga decir que en las condiciones de precariedad en la que sobreviven más de 20 millones de colombianos, la unidad de criterios y su capacidad para exigir no sólo condiciones dignas de vida, sino de representación real y de apego a su voluntad, se ven fuertemente golpeadas lo que se traduce en una inoperancia del poder del soberano, en tanto existen factores y actores económicos y políticos (el modelo económico, por ejemplo), que cuestionan su poder y hacen inviables los alcances y los objetivos de la constitución.
Así las cosas, y volviendo a lo dicho por Corzo, es posible que el Congreso de la República, que en un 95% acompaña el proyecto político del actual presidente Juan Manuel Santos Calderón, busque darle un golpe fuerte al poder y al terreno que los jueces constitucionales han venido ganando, gracias en parte no sólo a preceptos constitucionales de la Carta Política de 1991, sino a la crisis de credibilidad de un Legislativo atado de tiempo atrás al crimen organizado y a las prácticas clientelistas.
No vaya a pasar que con el proyecto de reforma a la justicia se busque y se agencie una especie de retaliación contra los jueces, en especial contra la Corte Suprema de Justicia, que ha jugado un papel clave en el procesamiento y juzgamiento de congresistas por la llamada parapolítica.
Es posible que el proyecto que resulte de las discusiones al interior del Congreso termine por someter a las altas cortes y al Pueblo, a los dictámenes del mercado, factor prioritario y central del gobierno de Santos. El pulso entre los poderes Legislativo-Ejecutivo vs Judicial apenas comienza. Corzo se encargó de ambientar, negativamente, la discusión.
Puede pensarse que lo expresado ayer 20 de julio de 2011 por el nuevo presidente del Senado, Juan Manuel Corzo, será la postura que él intentará promover en cada uno de los miembros de la Unidad Nacional, cuando se aborde el proyecto de reforma a la justicia.
Dijo el controvertido senador conservador que la Corte Constitucional no estaba autorizada para revisar la ley que le dio vida al referendo reeleccionista, con el que se pretendía autorizar una segunda reelección de Uribe Vélez. Y añadió que sólo por vicios de forma podría manifestarse dicha corporación. Parece olvidar el senador Corzo que efectivamente por haber encontrado vicios de forma, la Corte Constitucional declaró inexequible dicha ley, aunque evidentemente había vicios de fondo que la Corte no tuvo en cuenta en su fallo.
El Espectador.com recogió así lo expresado por Corzo durante la instalación del nuevo periodo legislativo: “Hoy el Legislativo y el Ejecutivo se encuentran en una verdadera dualidad entre las facultades constitucionales cuando claramente la Corte Constitucional bajo la teoría de la sustitución, tesis abordada en la sentencia C-141/2010 se arrogó la función de revisar aspectos sustantivos o de fondo, de esta suerte no le estaba permitido ni le está permitido, ni fue la voluntad del constituyente, y tan sólo se le faculta para que por los mecanismos taxativamente citados le sea viable la revisión de vicios de procedimiento” (Tomado de EL ESPECTADOR.COM, julio 21 de 2011).
Lo cierto es que cae mal lo expresado por el senador liberal en la medida en que genera desde ya un mal ambiente para la discusión del proyecto de reforma a la justicia, con el que se pretende no sólo eliminar el Consejo Superior de la Judicatura, convertido en un nicho de corrupción, sino revisar a fondo los mecanismos y las instancias de juzgamiento de funcionarios aforados (como los congresistas), entre otros asuntos.
Hay quienes consideran, como el profesor Botero Bernal, que justifica una reforma a la justicia, dada la congestión que se presenta en instancias como el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia e incluso, en la misma Fiscalía. Pero lo más importante, es que los cambios que se hagan al sistema en general beneficien a los jueces y fiscales en cuanto al mejoramiento de condiciones salariales y de seguridad, y se logre, por esa vía y por otras, pronta y efectiva justicia.
Pero más allá de la desafortunada alusión al caso del referendo reeleccionista y el fallo de inexequibilidad dado por la Corte Constitucional, lo que pone de presente el senador liberal es la discusión entre los efectos y la legitimidad de los jueces constitucionales, línea de pensamiento que exalta y promueve la labor de control de los jueces, entre ellos, la Corte Constitucional, al poder del Ejecutivo y del Legislativo.
Se suman a la discusión sobre el poder dado a los jueces como contrapoderes del Ejecutivo y del Legislativo, las condiciones en las que opera y se manifiesta el Pueblo, y por supuesto, el poder del Legislativo, como extensión e intérprete del poder que ese Pueblo le dio al momento de elegir a quienes tienen asiento hoy en el Congreso de la República de Colombia.
Pero dicha discusión debe mirarse a la luz de condiciones contextuales que para el caso de Colombia bien pueden resultar definitivas a la hora de zanjar la lucha por la legitimidad y la pertinencia del actuar tanto del Legislativo, de los jueces constitucionales, y por supuesto, del Pueblo, como ese actor capaz de "ordenar su unidad política a través de la constitución… en donde la constitución no es el origen del poder, sino su consecuencia. Ello implica que la verdadera constitución, como fenómeno político, es
Y esas circunstancias contextuales nos dicen que históricamente el Congreso de la República no representa de manera objetiva los intereses del Pueblo, sino, y de manera clara, los de reducidos sectores poderosos que alimentan las prácticas clientelares con las cuales los legisladores logran que una parte del soberano, del constituyente primario, delegue en ellos el poder como Pueblo y el que emana la propia constitución política.
Por otro lado, lo que puede lograrse con el poder de los jueces constitucionales, de acuerdo con el contexto colombiano, es poner freno a las decisiones, que amparadas en valores y en intereses politiqueros, adopta el Legislativo cuya tradicional ilegitimidad y su interesado accionar ponen en riesgo el poder del soberano, su propio bienestar y en un momento dado, el de los jueces.
En lo que toca al Pueblo, huelga decir que en las condiciones de precariedad en la que sobreviven más de 20 millones de colombianos, la unidad de criterios y su capacidad para exigir no sólo condiciones dignas de vida, sino de representación real y de apego a su voluntad, se ven fuertemente golpeadas lo que se traduce en una inoperancia del poder del soberano, en tanto existen factores y actores económicos y políticos (el modelo económico, por ejemplo), que cuestionan su poder y hacen inviables los alcances y los objetivos de la constitución.
Así las cosas, y volviendo a lo dicho por Corzo, es posible que el Congreso de la República, que en un 95% acompaña el proyecto político del actual presidente Juan Manuel Santos Calderón, busque darle un golpe fuerte al poder y al terreno que los jueces constitucionales han venido ganando, gracias en parte no sólo a preceptos constitucionales de la Carta Política de 1991, sino a la crisis de credibilidad de un Legislativo atado de tiempo atrás al crimen organizado y a las prácticas clientelistas.
No vaya a pasar que con el proyecto de reforma a la justicia se busque y se agencie una especie de retaliación contra los jueces, en especial contra la Corte Suprema de Justicia, que ha jugado un papel clave en el procesamiento y juzgamiento de congresistas por la llamada parapolítica.
Es posible que el proyecto que resulte de las discusiones al interior del Congreso termine por someter a las altas cortes y al Pueblo, a los dictámenes del mercado, factor prioritario y central del gobierno de Santos. El pulso entre los poderes Legislativo-Ejecutivo vs Judicial apenas comienza. Corzo se encargó de ambientar, negativamente, la discusión.
1 comentario:
Interesante, pero Corzo es conservador.
GG
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