YO DIGO SÍ A LA PAZ

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martes, 12 de enero de 2010

EL MAL EJEMPLO DE UN JUEZ

Por Germán Ayala Osorio, comunicador social y politólogo

La decisión del juez con la que quedaron en libertad 17 militares acusados de ser responsables de la desaparición de varios jóvenes de Soacha, hace pensar en que detrás de ésta puede estar la amenaza de ser investigado por el Consejo Superior de la Judicatura, instancia jurídica cercana -¿cooptada?- al Gobierno de Uribe, que a toda costa intentará que dichos casos queden en la impunidad, a pesar de la aparente condena del Ejecutivo a la decisión del Juez.

Más allá de las dilaciones que haya logrado la defensa de los militares y el propio vencimiento de los términos del proceso, lo que un juez debe garantizar es que haya pronta justicia, especialmente en casos en donde el Estado es el victimario.

Que el Estado viole los derechos humanos no es un asunto menor, de ahí que deba haber una especial vigilancia de dichos procesos para que por tecnicismos o por la agilidad de la defensa, se fortalezca la idea colectiva que a la Justicia, del mismo Estado que viola los derechos humanos, no le interesa esclarecer los hechos.

Sobre el juez recae una responsabilidad no sólo jurídica en la aplicación de la ley de acuerdo con el marco normativo vigente y el propio sentido de la Constitución, sino política y social, en cuanto a que su figura está soportada en las ideas de justicia, imparcialidad, respeto, independencia y confianza, que los ciudadanos necesitan reconocer para poder que tanto la acción de la justicia y del Estado en su conjunto, se legitimen ampliamente.

En el caso de los crímenes de Estado, mal llamados por la prensa como ‘falsos positivos’, se necesita de una justicia pronta y ejemplarizante por cuanto se trata de la acción criminal de servidores públicos que no sólo violaron la ley y los derechos humanos, sino que confrontan la legitimidad del Estado y del gobierno de Uribe, sostenida en la confianza que los ciudadanos puedan aún tener en las instituciones.

Desde ya se anuncian demandas ante la Corte Penal Internacional (CPI) por la actuación de un juez que a lo mejor no ha dimensionado lo que representa que el Estado asesine a un grupo de sus asociados. Es justamente esa incomprensión lo que sostiene la demanda de los familiares de las víctimas, para que la CPI actúe e investigue los hechos que la justicia colombiana parece que es incapaz de asumir como tarea prioritaria no sólo para que brille la justicia, sino para evitar que se afiance el imaginario, individual y colectivo, que señala que es mejor hacer justicia por nuestra propia mano, que esperar que el aparato judicial actúe en consecuencia.

Llama la atención la opinión del Gobierno en esta materia. Como en otras ocasiones, la decisión del juez fue cuestionada, pero a decir verdad, la reacción del Presidente es poco creíble, pues todos conocen la admiración y el culto que le rinde a la vida militar y por supuesto, a los militares. Esa opinión de desaprobación intenta hacer creer que los crímenes de Estado (‘falsos positivos’) representan una vergüenza para la administración Uribe. Lo cierto es que en anteriores oportunidades el sentido dado a los crímenes indicada que se trataba de simples errores de quienes ejecutan la Política de Seguridad Democrática, e interpretan la violenta verborrea de un Presidente que de tiempo atrás confía y ha confiado en las vías de hecho, en las trochas y en las imperfecciones del sistema y del régimen, para consolidar su proyecto político basado en la autoridad que desdice de la legitimidad para afianzarse e imponerse, con el uso excesivo de la fuerza.

Con la decisión del juez, la desconfianza ciudadana en la justicia y en el Estado aumenta y reproduce prácticas e imaginarios violentos en los que los ciudadanos, en próximas circunstancias, elegirán las vías de hecho, estos es, el ajusticiamiento de los victimarios, en un proceso de involución que nos pone en un entorno total de inseguridad, en el que el más violento terminará imponiéndose.

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Totalmente de acuerdo….

Hola…Te deseo un feliz año para ti y tu esposa…que todos tus proyectos laborales y personales se realicen con éxito.

LSD

Anónimo dijo...

Vergonzosa la situación.



Martha Lucía

Anónimo dijo...

Admiro mucho tus mensajes que envías dejando en claro algo que para cualquier persona honesta y decente es evidente, la corrupción de nuestro sistema político.
Saludos,

ABB

Anónimo dijo...

El tema es pertinente, pero la perspectiva desde la cual se asume la discusión no la comparto por varias razones:



Se debe precisar que la responsabilidad en el vencimiento de los términos no está en manos de los jueces, sino de los fiscales. Ahora, Ese tipo de libertades hace parte del desarrollo del principio fundamental de las formas propias del juicio, o debido proceso, artículo 29 Superior. Y en este caso, si el proceso no se adelanta dentro de los términos fijados por la ley 960 y 742, la medida cautelar que pesa sobre el procesado se debe levantar.
La falla no es de los jueces, sino del sistema acusatorio que así dispone las cosas. Es más, en aras de la celeridad en los procesos y en cumplimiento del eficientismo que caracteriza al sistema, los términos para realizar un juicio, desde la imputación hasta el sentido del fallo no debe superar los 120 días.
El gobierno si cuestionó la decisión con eufemismo ocultos en la prostituida frase “respeto y acato la decisión pero no la comparto”, lo fallos de los jueces se cumplen o se cumplen!!


Bueno hay otros asuntos que se deben precisar que por el momento se me escapan.



Con aprecio,





Juan Carlos

Anónimo dijo...

Uribito:

Antes que la libertad concedida y el impacto que ello genera, creo que los medios de comunicación deben realizar una tarea más sustantiva. En efecto, en los Estados de Derecho, el sistema penal se instauró con base en la libertad como regla y la detención como excepción, para garantizar la comparecencia del inculpado al proceso y para que, entre otras cosas, no manipule pruebas.

El legislador, al hacer la ley, dispone las pautas a seguir. No se trata de un simple tecnicismo, sino de una garantía liberal muy importante. Claro está que el jeuz debe actuar (aquí hay un problema) razonablemente y con cierta discrecionalidad (lo cual es mal visto en este sismtea positivista que funde moderno cuando en realidad es premoderno) y, materializar la ley con el contexto, situación que no es común en Colombia.

Un abrazo,

Luis F..